¿Qué pasa si la empresa te paga de más por error?

¿Qué pasa si la empresa te paga de más por error?

   El error en pagos por parte de empresas a trabajadores no es fuera de común en la práctica empresarial actual.

A veces sucede que las empresas tienen automatizados ciertos pagos en el banco y domiciliadas las nóminas de los trabajadores, mientras no se avise de cambios y haya disponible, el banco pasará el pago.

Puede darse el caso de un trabajador que haya sufrido a una reducción de jornada, pero la empresa por error haya seguido pagando la jornada completa. O que el trabajador pasara por una situación de ERTE parcial o completo y la empresa haya abonado por error la cantidad correspondiente al mes, sin haber trabajado.

Por supuesto la honradez y la buena fe, obligaría al trabajador a devolver dichas cantidades abonadas por error. Por otro lado, la necesidad económica o el punto de vista del trabajador hacia la empresa, no justificaría su negativa a devolver dichos importes y conllevaría por tanto a despidos procedentes, multas, incluso castigos judiciales. Veamos por qué.

Da lugar a despido procedente

Parece contradictorio que un error de una empresa en el pago a un trabajador acabe en el despido, sin indemnización hacia este, pero existen precedentes judiciales que lo avalan.

Tenemos la sentencia del Tribunal de Justicia de Murcia del 29 de marzo del 2017 por la cual se dictaminó contra una trabajadora fija que había pasado a jornada reducida, pero siguió cobrando durante cerca de un año un sueldo completo, tras negarse a devolver de la manera acordada por el sindicato y la empresa el dinero abonado por error, la empresa la demandó y la despidió.

Ella quiso impugnar el despido, pero el juzgado finalmente absolvió a la empresa y acordó que su despido se considerase despido disciplinario, en consecuencia legítimo por cuanto la empleada había incurrido en una falta muy grave de deslealtad en la relación laboral según el convenio colectivo vigente.

Hay leyes que se incumplen

No solo nos debe mover el código ético de la honradez hay leyes que debemos tener en cuenta cuando notamos un pago por error, y nos vemos tentados a no devolver, por pequeño que este sea. Estos son algunos artículos y disposiciones que podríamos estar incumpliendo:

  • Estatuto de los trabajadores, artículo 54.2. D. Menciona la transgresión de la buena fe y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo. Sería como el hurto o apropiación indebida de bienes de la empresa.
  • Convenio colectivo Artículo 44.3 Este habla del fraude o de la deslealtad en la relación laboral, lo que puede incurrir en despido disciplinario.
  • Código civil Artículo 1895. Cuando se recibe alguna cosa que no había derecho a cobrar y que por error ha sido indebidamente entregada, es obligación sus restituciones.

Por eso, incluso aunque consideremos que nuestra empresa nos paga poco y con ese error “se hace justicia a nuestro trabajo”  o se trata de una multinacional a la que le sobra el dinero, o incluso que la empresa nos debe de otros años, nunca debemos incumplir la ley.

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