¿Puede cualquier persona solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad?

¿Puede cualquier persona solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad?

La conocida como Ley de Segunda Oportunidad es un recurso legal dirigido a particulares, familias y autónomos (personas físicas) para renegociar o eliminar, total o parcialmente, las deudas contraídas cuando estas ya no se pueden pagar. De esta forma, no deberán satisfacer las deudas con su patrimonio presente o futuro (con la vivienda, el vehículo, el embargo de la nómina, etc.). Es una ley que se aprobó el 28 de julio de 2015, y su nombre exacto es «Ley de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social».

¿Dónde se solicita la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad?

En el caso de particulares, el proceso debe iniciarse ante un notario, mientras que, en el caso de los autónomos, hay que hacerlo en el Registro Mercantil o Cámara de Comercio pertinente.

¿Quién puede invocar la Ley de Segunda Oportunidad?

Puede acogerse a esta ley cualquier deudor, persona física que ya no tenga dinero ni activos que sirvan para satisfacer sus deudas.

¿Cuáles son los requisitos básicos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

  • La deuda total debe ser inferior a 5 000 000 euros.
  • Antes de iniciar el proceso de segunda oportunidad, ha tenido que llevarse a cabo un intento de acuerdo extrajudicial con los acreedores.
  • No se puede estar negociando una refinanciación en la actualidad ni haber solicitado la declaración de concurso de acreedores.
  • No debe haberse solicitado el mecanismo de segunda oportunidad en los últimos diez años.
  • No debe existir una condena firme en los últimos diez años por ninguno de los siguientes delitos:
  1. contra el patrimonio,
  2. por falsedad documental,
  3. contra la Hacienda Pública,
  4. contra la Seguridad Social o
  5. contra los derechos de los trabajadores.
  • No se ha rechazado ninguna oferta de empleo adecuada en los últimos 4 años.

¿Existen otros requisitos para solicitar la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad?

  • La insolvencia no se ha podido producir mediante dolo (infracción cometida a sabiendas) o negligencia grave en los negocios.
  • No se puede haber mentido sobre la situación real de insolvencia ni haber ocultado documentación importante para el procedimiento.
  • Es necesario haber devuelto los créditos posteriores a la declaración de insolvencia, así como las hipotecas, las deudas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, si no se puede demostrar que se han intentado pagar.
  • Hay que aceptar la inclusión en el Registro Público Concursal, para que los acreedores legítimos puedan conocer la situación real en la que se encuentra el deudor.

¿Qué ventajas añadidas tiene la ley de Segunda Oportunidad?

Además de poder quedar exonerado de las deudas contraídas, acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad permitirá al deudor:

  • Causar baja en los ficheros de morosos (RAI o Registro de Aceptaciones Impagadas; ASNEF o Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito; CCI o Centro de Cooperación Interbancaria).
  • Poder solicitar financiación de nuevo.
  • Volver a disponer de tarjetas de crédito.

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