La eutanasia en España

La eutanasia en España

La regularización de la eutanasia en España fue uno de las promesas más controvertidas de Pedro Sánchez en su último mandato, compromiso que se topó con innumerables trabas y que, en consecuencia, no pudo llegar a término antes de finalizar su mandato. En dabogados.es te lo explicamos:

Legislación actual sobre la eutanasia en España

La ley vigente actual considera ilegal tanto la eutanasia como al suicidio asistido. Ambas prácticas están castigadas en el Código Penal con hasta 5 años de cárcel en caso de eutanasia y hasta 10 años en el suicidio asistido.

Por otro lado se baraja la posibilidad de rebajar las penas en caso de quien coopere activamente con acciones directas en la muerte de un paciente, siempre que estas acciones sean por petición expresa e inequívoca de la persona que quiere terminar con su vida.

En casos donde el paciente que solicita ayuda para acabar con su vida padezca enfermedades terminales, graves dolores permanentes o condiciones difíciles de soportar se castigaría al co-autor de la muerte con una pena inferior en uno o dos grados.

Pocos cambios en la legislación de la eutanasia en España

Han pasado 21 años tras el suicidio asistido de Ramón Sampedro, tetrapléjico gallego que tras luchar por una muerte digna terminó con su vida en 1998, tomando una dosis letal de cianuro suministrada por su compañera sentimental.

El caso de Ramón fue uno de los más sonados sobre eutanasia en España, levantando un gran revuelo en los medios de comunicación. Aún así y a pesar de la popularidad del suceso no se consiguieron avances en la ley de eutanasia en España.

Se reconoce el derecho a no recibir tratamiento para alargar su vida

Aunque la legislación no reconoce la legalidad de la eutanasia en España, la Ley de Autonomía del Paciente así como las normativas de muerte digna de hasta 9 comunidades autónomas avalan el derecho de los enfermos a no recibir cuidados destinados a prolongar sus vidas.

Es decir, se reserva el derecho del paciente a renunciar al tratamiento de forma legal y sin consecuencias para las personas implicadas. Pero a la vez se prohíbe de forma explícita que un tercero realice cualquier acción destinada a terminar con la vida del enfermo.

De esta manera se acepta la cooperación en la eutanasia por omisión pero no por comisión.

La propuesta del PSOE para modificar la ley actual en España

El partido liderado por Pedro Sánchez pretendía incluir en los servicios mínimos de la Seguridad Social la elección de solicitar los tratamientos adecuados para realizar un proceso de eutanasia.

La opción estaría destinada solamente a aquellos pacientes con enfermedades incurables que incluyeran fuertes dolores físicos o psicológicos.

En caso de haber sido aprobada, una vez solicitada la prestación comenzaría un proceso gestionado y vigilado por los profesionales sanitarios. Hablamos de una eutanasia financiada por el estado y dentro de la ley.

El proceso podría llevarse a cabo en el hospital asignado a la persona que lo solicitara o en el propio domicilio y tendría una duración aproximada de 32 días.

La legislación propuesta por el Partido Socialista incluía una cláusula de objeción de conciencia a la que podrían acogerse los trabajadores sanitarios involucrados.

No obstante esta proposición no pudo llegar a término debido a la oposición del Partido Popular y Ciudadanos.

Madrid cuenta con su propia legislación sobre muerte digna

La capital española cuenta desde 2017 con su propia Ley de Derechos y Garantías en el Proceso de Morir.

Esta legislación promovida por el Partido Socialista prohíbe la objeción de conciencia del personal sanitario en situaciones donde pacientes terminales en situación de agonía rechacen el tratamiento.

En caso de que el profesional de la salud rechace la voluntad del paciente de no seguir recibiendo tratamientos estaría cometiendo una infracción grave, que podría repercutir en una sanción económica de hasta 15.025€.

En caso de reincidir en un periodo inferior a 5 años dicha fracción pasará a ser considerada muy grave, con sanciones que pueden alcanzar los 601.012 euros.

No obstante la legislación actual de Madrid reserva el derecho de todos los ciudadanos a recibir cuidados paliativos integrales, en el domicilio o en el centro hospitalario correspondiente.

A su vez el gobierno madrileño incluye en su ley que el paciente terminal, en caso de ingreso hospitalario, tendrá derecho a una habitación individual en la que pueda estar acompañado en todo momento por un familiar o persona allegada.

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