¿Cuáles son mis derechos en caso de despido en Madrid?

¿Cuáles son mis derechos en caso de despido en Madrid?

La situación actual ha ocasionado el despido de muchos trabajadores en Madrid y es normal que ante esta situación queramos estar seguros de que las causas son justificadas o si tenemos algún derecho a reclamar. Para saberlo, tenemos que tener en cuenta que se pueden dar dos tipos de despido.

El Despido por Causas Objetivas en Madrid

Esto quiere decir que las causas pueden ser diversas y justificadas por parte de la empresa, como pueden ser:

  • Motivos económicos: esta situación se presenta cuando la empresa no puede hacer frente a los pagos por falta de ingresos o ventas, siempre y cuando la empresa pueda justificar su situación.
  • Causas de la producción: ante una menor demanda de productos o de servicios.
  • Razones técnicas: cuando se produzcan cambios, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción.
  • Causas organizativas: en cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o el modo de organizar la producción.

Derechos del trabajador por despido objetivo en Madrid

En la carta de despido, la empresa deberá dar detalles concretos de la causa que lo motiva. A su vez la carta deberá entregarse con 15 días de preaviso. Durante el periodo de preaviso, el trabajador tendrá derecho a una licencia de seis horas semanales retribuidas, para la búsqueda de nuevo empleo.

Ya que es el empresario de manera unilateral, quien cesa la relación laboral por causas ajenas al trabajador, en este caso el trabajador tiene derecho a una indemnización de veinte días por año trabajado, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.

Cuando un trabajador no está conforme con el despido, dispone de 20 días hábiles para recurrir ante el Tribunal de lo social.

Según el Estatuto de los Trabajadores, se podría declarar nula la decisión de extinción de contrato, en estos supuestos:

  • Causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley o en caso de producirse una violación de los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.
  • Cuando el despido se realiza durante periodos en los que el trabajador se encuentre en suspensión de contrato por nacimiento, adopción, riesgo durante el embarazo, trabajadores en excedencia, entre otras razones que se pueden consultar en el artículo 53 del Estatuto de los trabajadores.

El despido disciplinario en Madrid

En este caso el empresario dará por extinguido el contrato por falta grave del trabajador. Estas son algunas de las causas:

  • Faltas repetidas de asistencia o puntualidad reiteradas.
  • Indisciplina o desobediencia del trabajador.
  • Ofensas tanto verbales como físicas tanto al empresario como a los compañeros.

Cada trabajador debe estar al tanto de las normas que corresponden a su convenio laboral donde se especifican las faltas y cuales se consideran leves o graves.

En cualquiera de los casos es importante acudir a los profesionales en derecho laboral que te pueden dar el mejor asesoramiento ya que son expertos en la materia.