Tasas judiciales y los divorcios

Tasas judiciales y los divorcios

Tan normalizado como un capítulo de tu serie favorita, así es un divorcio. Sabemos lo que vamos a encontrarnos una vez la idea ya está sobre la mesa. Muchos han sido los divorcios que se han escenificado en la televisión o en las películas, o conocemos a un amigo, vecino o pariente que ya ha pasado por este trámite sentimental y judicial. Incluso podemos ser hijos de padres ya divorciados, que han experimentado en su propia piel las consecuencias que conlleva esta nueva situación en la vida de las personas.

Tasas judiaciales y los divorcios

Ahora nos toca a nosotros. Este acontecimiento, posiblemente traumático, es un hecho real y hay que prever el coste total que un divorcio en España puede tener, implícito siempre a una serie de variables dependiendo del tipo de matrimonio y familia que hubiese en consideración. Es decir, podemos encontrar que, a unas tasas de divorcio normales, se le puede añadir el factor de tener hijos en común, el régimen de visitas de los mismos, la liquidación del régimen de gananciales, la complejidad del trámite dependiendo de si es de acuerdo mutuo o no, entre otros.

Aunque, actualmente podemos encontrar infinidad de páginas web que ofrecen un servicio conocido como ‘divorcio exprés’, lo cierto es que, a bien de resultar más económico a simple vista, conlleva cierta reticencia porque cada caso hay que estudiarlo previamente y, en este tipo de divorcios no se tiene en cuenta la individualización del caso, así como otros temas a tratar que olvidan en detrimento a un servicio rápido y sencillo. Cuando hablamos de un divorcio tramitado de manera normal, el principal componente que determinará el menor o mayor coste en el proceso será la posibilidad o no de un acuerdo entre ambas partes del matrimonio.

En el primer caso, en el que existe una afirmación certera de separación entre los dos cónyuges, se presentará un convenio regulador único, donde figura los efectos del divorcio, con la presencia de un procurador y un solo abogado. Dicho convenio puede ser modificado en cualquier momento si se altera de alguna manera las condiciones previamente firmadas y acordadas. El documento debe ser aprobado finalmente por un juez para refutar su validez. En este primer caso, están exentos de pagar tasas todos los divorcios.

En el caso contrario, el de no existir un acuerdo por ambas partes para divorciarse, o lo que es lo mismo, divorcio contencioso, el precio por el abono de las tasas ascendía hasta el año 2015 a 150€ + 0,1% cuantía procedimiento. Este precio se eliminó tras la aprobación del Real Decreto-ley 1/2015 donde se presenta la nulidad en el pago de la tasa por parte de personas físicas.

Ahora bien, existen dos variantes que se deben pagar en cada proceso, sea o no contencioso, que son el abono de las actividades realizadas por el procurador y el abogado. El procurador, es un profesional considerado pieza intermediaria entre el abogado de cada cónyuge y los juzgados, tiene la función de presentar los escritos y recibir las notificaciones pertinentes. Sus retribuciones, expuestas en el Real Decreto 1373/2003, en un divorcio de mutuo acuerdo ascienden a 52,01 euros, además de un 25 por ciento si se realiza la liquidación del régimen económico. Por su parte, en el contencioso, devengará en 74,30 euros el total más el 50 por ciento de la liquidación.

Por otro lado, la figura del abogado, de vital importancia en este tipo de trámites. Este profesional es en el que recae toda la dirección técnica del caso defendiendo los derechos e intereses de sus clientes. Tanto en los casos de mutuo acuerdo como en los que se produce un contencioso, el abogado debe estar presente en todo momento para asegurar que su representado cumple con todas las leyes que tiene en su poder y hace uso de ellas para defenderse o asegurar lo que le pertenece.

Finalmente, se añadiría, en el caso de existencia de régimen de gananciales el pago por la liquidación del mismo, es decir, realizar un inventario de los bienes propiedad de la pareja y asignar a cada parte la mitad correspondiente de dichos bienes. Quedan libres de pagar las tasas por este proceso salvo que se formule una oposición por una de las personas que se divorcia.