FOGASA: cuánto paga por salarios e indemnizaciones, límites y cómo reclamar

FOGASA

FOGASA puede pagar determinados salarios e indemnizaciones pendientes cuando la empresa no puede hacerlo por encontrarse en situación de insolvencia o en concurso de acreedores. Pero no sustituye automáticamente al empresario desde el primer impago ni garantiza siempre el importe completo de la deuda.

En 2026, para las prestaciones cuya causa de pedir se produzca entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, FOGASA publica un salario módulo máximo de 94,78 euros diarios, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Con ese módulo, el límite máximo por salarios es de 11.373,60 euros y el límite general de indemnizaciones, de 34.594,70 euros.

Estos topes no significan que todo trabajador vaya a cobrar esas cantidades. FOGASA compara el salario y la indemnización que correspondan en cada caso con los límites legales y abona únicamente la cantidad cubierta.

La regulación principal está en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, cuyo texto consolidado del BOE mantiene estas reglas.

Consultar el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores en el BOE

Qué es FOGASA y cuándo paga

El Fondo de Garantía Salarial es un organismo público que garantiza determinados créditos laborales cuando el empresario no puede hacer frente a ellos.

Para entender cómo funciona conviene separar cuatro cuestiones:

  1. cuánto te debe realmente la empresa;
  2. cómo ha quedado reconocida esa deuda;
  3. si existe insolvencia o concurso en los términos exigidos legalmente;
  4. qué parte de esa deuda entra dentro de los límites de FOGASA.

Por tanto:

deuda reconocida frente a la empresa ≠ cantidad que necesariamente pagará FOGASA.

El artículo 33.1 del Estatuto de los Trabajadores establece que el Fondo abona salarios pendientes por insolvencia o concurso del empresario. El apartado 2 regula las indemnizaciones por determinadas extinciones del contrato y el apartado 6 define cuándo existe insolvencia a estos efectos.

Que una empresa haya dejado de pagar nóminas, haya cerrado un establecimiento o incluso haya cesado aparentemente su actividad no permite acudir sin más al Fondo. Primero debe concurrir la situación jurídica que habilite la garantía.

Qué salarios cubre FOGASA

FOGASA cubre salarios reconocidos como tales en acto de conciliación o resolución judicial, incluidos los salarios de tramitación cuando legalmente procedan, siempre que estén pendientes de pago a causa de insolvencia o concurso.

La garantía tiene dos límites principales:

  • un salario diario máximo;
  • un máximo de 120 días de salario.

El artículo 33.1 establece como salario diario máximo el doble del salario mínimo interprofesional diario, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

Límites de FOGASA para salarios en 2026

El Salario Mínimo Interprofesional de 2026 quedó fijado por el Real Decreto 126/2026 en 40,70 euros al día o 1.221 euros al mes, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2026. El mínimo anual para una jornada completa es de 17.094 euros.

FOGASA ha cuantificado oficialmente para 2026 estos límites:

Concepto Límite 2026
SMI diario sin pagas extras 40,70 €
Doble SMI con prorrata de pagas extras 94,78 €/día
Máximo de días de salarios 120 días
Máximo salarial 11.373,60 €

Es preferible utilizar estos importes publicados directamente por FOGASA en lugar de reconstruir el módulo mediante fórmulas basadas únicamente en el SMI mensual o anual, porque el propio organismo ha fijado cuál es el módulo que utiliza para las causas de pedir de 2026.

Ejemplo de cuánto puede pagar FOGASA por salarios

Imagina un caso hipotético en el que se han reconocido a un trabajador:

  • 150 días de salarios pendientes;
  • salario diario de 110 euros.

La deuda salarial reconocida ascendería a:

150 × 110 € = 16.500 €

FOGASA aplicaría dos límites.

Primero, el salario diario del trabajador supera el módulo máximo de 2026, por lo que a estos efectos se tomarían 94,78 euros diarios.

Segundo, aunque hay 150 días pendientes, FOGASA cubre un máximo de 120 días.

El cálculo máximo sería:

94,78 € × 120 = 11.373,60 €

La diferencia entre los 16.500 euros reconocidos y lo abonado por FOGASA no desaparece por la intervención del Fondo. Sigue formando parte del crédito frente a la empresa, aunque su recuperación dependerá de la situación patrimonial o concursal de esta.

Qué conceptos salariales no cubre FOGASA

No toda cantidad incluida en una liquidación laboral tiene naturaleza salarial.

FOGASA excluye de la garantía salarial conceptos de naturaleza indemnizatoria como determinados pluses de distancia, transporte, vestuario, quebranto de moneda, desgaste de herramientas, dietas o complementos de incapacidad temporal.

La distinción importa porque una nómina puede contener simultáneamente conceptos salariales y extrasalariales.

No basta, por tanto, con sumar todo lo que aparece pendiente en una nómina o finiquito y aplicar el límite de 120 días.

Qué indemnizaciones paga FOGASA

El artículo 33.2 incluye indemnizaciones reconocidas mediante sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa por determinadas causas de extinción.

Entre ellas se encuentran, en los términos previstos legalmente:

  • extinciones del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores;
  • despidos colectivos del artículo 51;
  • despidos objetivos del artículo 52;
  • determinados supuestos de movilidad geográfica del artículo 40.1;
  • determinados supuestos de modificación sustancial del artículo 41.3;
  • determinadas extinciones en procedimiento concursal;
  • indemnizaciones por finalización de contratos temporales cuando legalmente procedan.

El artículo también contempla actualmente la protección correspondiente a determinados supuestos del servicio del hogar familiar.

Una conciliación administrativa no sirve siempre para la indemnización

Este punto puede producir problemas.

La información oficial de FOGASA señala expresamente que quedan fuera de su protección las indemnizaciones reconocidas en conciliación administrativa, salvo la excepción que indica para las derivadas del expediente de regulación de empleo.

No debe confundirse esta regla sobre indemnizaciones con la regulación de los salarios.

Cuánto paga FOGASA por una indemnización

La regla general establece:

  • salario diario máximo igual al doble del SMI diario con pagas extraordinarias;
  • máximo general de una anualidad.

Para las causas de pedir de 2026, FOGASA fija el módulo máximo diario en 94,78 euros y el límite general de una anualidad en 34.594,70 euros.

Hay excepciones. El artículo 33.2 fija, por ejemplo, un límite de nueve mensualidades para el supuesto del artículo 41.3 y de seis mensualidades para el supuesto específico del servicio del hogar familiar recogido en la propia norma.

Además, la indemnización que FOGASA calcula no tiene por qué coincidir con la indemnización total que la empresa adeuda.

Despido improcedente y extinción del artículo 50

Para los supuestos de los artículos 50 y 56 del Estatuto de los Trabajadores, FOGASA calcula su prestación indemnizatoria, a sus exclusivos efectos, sobre una base de 30 días por año de servicio, respetando el límite máximo correspondiente.

Esto es importante porque la indemnización reconocida frente a la empresa puede haberse calculado con reglas diferentes.

Ejemplo de indemnización por despido

Supongamos, de manera hipotética:

  • despido comprendido en el artículo 56;
  • seis años de antigüedad;
  • salario diario real: 110 euros;
  • la indemnización reconocida frente a la empresa es superior al cálculo garantizado por FOGASA.

Como el salario diario supera el módulo de 2026, para calcular la prestación del Fondo se utilizarían 94,78 euros diarios.

A efectos de FOGASA:

6 años × 30 días × 94,78 € = 17.060,40 €

Como esta cantidad se encuentra por debajo del límite anual de 34.594,70 euros, ese segundo límite no reduciría el resultado en este ejemplo.

Esto no significa que la indemnización debida por la empresa sea de 17.060,40 euros. Significa que, aplicando únicamente las reglas de garantía de FOGASA utilizadas en este ejemplo, ese sería el importe resultante antes de comprobar cualquier otra circunstancia del expediente.

Qué ocurre en un concurso de acreedores

El concurso tiene reglas propias.

El artículo 33.3 establece que, cuando existe procedimiento concursal, FOGASA debe ser llamado al procedimiento cuando se conozca la existencia de créditos laborales o pueda presumirse que existen.

Para que el Fondo reconozca la prestación, los créditos de los trabajadores deben aparecer incluidos en la lista de acreedores o reconocidos, cuando corresponda, como créditos contra la masa, en una cuantía igual o superior a la solicitada.

Además, las indemnizaciones a cargo de FOGASA en los supuestos concursales regulados en este apartado se calculan, con independencia de lo que se haya pactado en el concurso, sobre 20 días de salario por año de servicio, con el límite de una anualidad y el mismo tope del doble del SMI diario con pagas extraordinarias.

Por eso no deben utilizarse indistintamente los cálculos de una ejecución laboral ordinaria y los de un procedimiento concursal.

Qué significa que una empresa sea insolvente para FOGASA

No basta con afirmar que la empresa «no tiene dinero».

Según el artículo 33.6, existe insolvencia a estos efectos cuando, iniciada la ejecución conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, no se consigue satisfacer los créditos laborales.

La declaración consta en una resolución dictada después de dar audiencia a FOGASA.

En un procedimiento ordinario, por tanto, el recorrido puede ser:

reconocimiento de la deuda → ejecución → insuficiencia patrimonial → declaración de insolvencia → solicitud a FOGASA.

En un concurso de acreedores el recorrido es distinto y el reconocimiento del crédito se produce dentro del procedimiento concursal.

¿Hay que demandar primero a la empresa?

No existe una respuesta de «sí, siempre» válida para todos los expedientes.

Si simplemente tienes varias nóminas pendientes y la empresa no te paga, todavía no basta con enviar directamente la deuda a FOGASA.

En una situación ordinaria será necesario obtener un título que reconozca el crédito y, cuando la garantía dependa de la insolvencia, acudir posteriormente a ejecución hasta que exista la correspondiente declaración.

En cambio, si la empresa está en concurso, la intervención de FOGASA se articula dentro de ese procedimiento y el crédito puede acreditarse mediante su reconocimiento concursal. El propio simulador oficial del Fondo diferencia la fecha de insolvencia de la declaración de concurso.

Esta distinción también explica por qué no conviene esperar a «ver si paga FOGASA» antes de proteger la reclamación contra la empresa.

El plazo para reclamar a la empresa no es el mismo que el plazo de FOGASA

El artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores establece, con carácter general, un plazo de un año para reclamar percepciones económicas desde el momento en que la acción pudo ejercitarse.

Además, una impugnación de despido tiene un plazo mucho más breve: 20 días hábiles desde el despido, con las reglas legales sobre conciliación y cómputo.

No deben confundirse esos plazos con el plazo posterior para solicitar la prestación a FOGASA.

Cuando todavía necesitas obtener el reconocimiento del salario o discutir un despido, puede ser recomendable contar con asesoramiento en Derecho Laboral antes de que transcurra el plazo correspondiente.

Cuánto tiempo tienes para solicitar FOGASA

El derecho a solicitar las prestaciones de FOGASA prescribe al año desde la fecha del acto de conciliación, sentencia, auto o resolución de la autoridad laboral en que se reconozca la deuda salarial o se fije la indemnización.

Pero ese año no siempre corre de forma continua.

El artículo 33.7 dispone que el plazo se interrumpe:

  • por el ejercicio de acciones ejecutivas;
  • por actuaciones de reconocimiento del crédito en el procedimiento concursal;
  • por las demás formas legales de interrupción de la prescripción.

Por eso es insuficiente limitarse a contar doce meses desde cualquier fecha relacionada con el conflicto.

Hay que comprobar cuál es el título que reconoce la deuda y qué actuaciones se han producido después.

Cómo solicitar la prestación de FOGASA

Una vez reunidos los requisitos, el procedimiento puede iniciarse a solicitud del trabajador o, en determinados supuestos, de oficio.

FOGASA permite actualmente solicitar la prestación telemáticamente o de forma presencial. La sede electrónica admite solicitudes todos los días del año y permite actuar al propio interesado o mediante representante debidamente acreditado.

Presentar una solicitud de prestaciones en la sede electrónica de FOGASA

Para el acceso electrónico puede utilizarse certificado electrónico o Cl@ve.

Qué documentación puede ser necesaria

La documentación concreta depende de la vía por la que se haya reconocido la deuda y de si existe insolvencia o concurso.

Habitualmente tendrá que acreditarse:

  • identidad del trabajador y, en su caso, representación;
  • título que reconoce los salarios o indemnización;
  • resolución que acredita la insolvencia cuando proceda;
  • documentación concursal y certificación del crédito cuando la empresa esté en concurso;
  • datos bancarios para el pago.

La información oficial de FOGASA señala además actualmente que para presentar una solicitud de prestaciones se requiere certificado de titularidad bancaria.

El Fondo dispone de un modelo oficial específico para la solicitud de prestaciones.

Cómo comprobar cuánto podría pagarte FOGASA

FOGASA ofrece un simulador oficial en el que se introducen, entre otros datos:

  • fecha de insolvencia o declaración de concurso;
  • salario mensual con pagas extraordinarias prorrateadas;
  • porcentaje de jornada;
  • cantidades reconocidas;
  • tipo de despido;
  • antigüedad.

El propio organismo advierte de que el resultado es meramente informativo y no es vinculante ni genera derecho a la prestación.

Utilizar el autocálculo oficial de prestaciones de FOGASA

Es una herramienta útil para obtener una estimación, pero una discrepancia sobre salario, antigüedad, tipo de extinción o título que reconoce la deuda puede cambiar el resultado definitivo.

Cuánto tarda FOGASA en resolver

Aquí conviene distinguir el plazo legal del tiempo que pueda tardar realmente cada expediente.

El artículo 33.11 del Estatuto de los Trabajadores establece un plazo máximo de tres meses, contado desde la presentación en forma de la solicitud, para que el órgano competente dicte resolución. La notificación debe cursarse dentro de los diez días posteriores a la fecha en que se dicte el acto.

Esto no equivale a afirmar que todo trabajador vaya a recibir una transferencia exactamente a los tres meses.

El plazo puede verse afectado, por ejemplo, por requerimientos de documentación. La sede electrónica de FOGASA indica que el tiempo transcurrido entre la notificación de un requerimiento y su cumplimiento (o hasta que expire el plazo concedido) suspende el plazo máximo de resolución.

FOGASA publica además estadísticas periódicas sobre el tiempo medio de resolución de sus expedientes, con diferencias territoriales.

Qué pasa si FOGASA no responde en tres meses

El Estatuto de los Trabajadores establece silencio administrativo positivo.

Transcurridos los tres meses sin resolución expresa, puede entenderse estimada la solicitud, pero con un límite muy importante: el silencio no puede reconocer prestaciones a quien legalmente no sea beneficiario ni cantidades superiores a los límites que establece el artículo 33.

Por tanto, el silencio administrativo no convierte una reclamación de 50.000 euros en una obligación del Fondo por ese importe si la cobertura máxima legal es inferior.

Qué hacer si FOGASA deniega la solicitud o reconoce menos dinero

FOGASA puede:

  • estimar la prestación;
  • reconocer una cantidad inferior a la solicitada;
  • denegarla.

Ante una diferencia conviene revisar, entre otros puntos:

  • salario diario utilizado;
  • módulo máximo aplicado;
  • número de días de salarios;
  • antigüedad;
  • tipo de despido o extinción;
  • límite indemnizatorio;
  • título que reconoce la deuda;
  • documentación de insolvencia o concurso.

El artículo 33.11 permite presentar demanda ante el órgano competente del orden social en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa. Cuando se trata del silencio regulado en ese mismo precepto, el plazo se cuenta conforme a la regla específica prevista por la norma.

La propia información oficial de FOGASA confirma que sus resoluciones pueden impugnarse ante el Juzgado de lo Social en ese plazo.

Qué ocurre si FOGASA no cubre toda la deuda

El límite de FOGASA limita la responsabilidad del Fondo, no necesariamente el crédito que tienes reconocido frente a la empresa.

Si te deben 20.000 euros de salarios pero, por aplicación de los topes, FOGASA únicamente cubre 11.373,60 euros, el exceso no desaparece por ese motivo.

Cuando FOGASA paga, se subroga en los derechos y acciones del trabajador frente al empresario por la cantidad satisfecha. Si siguen existiendo cantidades del trabajador no cubiertas y concurren con las del Fondo, el artículo 33 establece las reglas correspondientes para ambos créditos.

La posibilidad real de recuperar la diferencia dependerá, entre otras circunstancias, de que existan bienes embargables o del tratamiento del crédito dentro del concurso.

Límites de FOGASA en 2026: resumen

Para las causas de pedir que FOGASA sitúa en 2026, los principales importes oficiales son:

Concepto Límite
SMI diario 2026 40,70 €
Módulo máximo FOGASA con pagas extras 94,78 €/día
Máximo de salarios 120 días
Tope máximo por salarios 11.373,60 €
Límite general de indemnización Una anualidad
Tope máximo general de indemnización 34.594,70 €

Estos importes deben asociarse siempre al ejercicio correspondiente. FOGASA publica expresamente estas cuantías para las causas de pedir producidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. Un expediente vinculado a otra anualidad debe comprobarse con el límite aplicable a su situación.

Preguntas frecuentes sobre FOGASA

¿FOGASA paga todas las nóminas que debe una empresa?

No. Además de los requisitos de reconocimiento de la deuda e insolvencia o concurso, se aplican los límites legales. En 2026 el máximo es de 120 días y el salario diario computable no puede superar 94,78 euros para las causas de pedir a las que corresponden los límites de ese ejercicio.

¿FOGASA paga toda la indemnización por despido?

No necesariamente. La prestación tiene sus propias reglas de cálculo y límites. El máximo general es una anualidad y el salario diario utilizado por el Fondo no puede superar el doble del SMI con pagas extraordinarias. Además, determinadas extinciones tienen reglas específicas.

¿FOGASA paga si la empresa simplemente cierra?

El cierre material de la empresa no activa por sí solo la garantía general. Debe concurrir la insolvencia o situación concursal exigida por el artículo 33, salvo los supuestos especiales en los que la ley establece responsabilidad directa del Fondo.

¿Puedo ir directamente a FOGASA si me deben tres nóminas?

En una situación ordinaria, no basta con acreditar que existen nóminas sin pagar. Debes disponer del título adecuado que reconozca la deuda y cumplir los requisitos de insolvencia o concurso correspondientes antes de que el Fondo pueda asumir su garantía.

¿Cuánto tiempo tengo para pedir el pago?

El plazo general es de un año desde el acto de conciliación, sentencia, auto o resolución de la autoridad laboral que reconoce los salarios o fija las indemnizaciones, pero puede interrumpirse mediante acciones ejecutivas, actuaciones de reconocimiento en el concurso y otras causas legalmente previstas.

¿Cuánto tarda FOGASA en pagar?

La ley establece un máximo de tres meses para dictar resolución desde que la solicitud se presenta correctamente. Eso no garantiza que el dinero llegue exactamente en ese plazo, y determinadas incidencias del expediente pueden suspender el cómputo.

¿Qué pasa si FOGASA me paga menos de lo que esperaba?

Comprueba primero los límites, el salario diario empleado, la antigüedad, el número de días reconocidos y el tipo de indemnización. Si existe una resolución expresa con la que no estás de acuerdo, puede impugnarse ante la jurisdicción social dentro del plazo legal de dos meses.