Hipotecas multidivisa

Hipotecas multidivisa

¿Quién no ha pensado alguna vez en pagar menos por la hipoteca de su hogar o empresa? ¿y soñar con ser inmunes al Euribor, ese índice de finanzas personales tan temido por todos?

El pasado mes de septiembre, con respecto a las hipotecas multidivisas, se esperaba un fallo por parte del Tribunal Supremo que no se llegó a obtener. Esto se debió a un anuncio público del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que catalogaba este tipo de hipotecas de abusivas siempre y cuando la información que tuviese el cliente fuese escasa o nula. Esto se refiere a que existan claras lagunas en cuanto al tipo de producto que se ofrece o los riesgos que conlleva el mismo, entre otras cuestiones. Por ello, el Tribunal Europeo ha dictaminado que, cualquier entidad financiera que emita un préstamo con divisa extranjera deberá hacer llegar a su cliente toda la información y riesgos de este trámite para que sea consciente del movimiento que está realizando.

Aunque tengas amigos que vayan alardeando de que pagan menos en su hipoteca porque la tienen en otra moneda, por ejemplo, en yenes, lo cierto es que desconocen porque ocurre esto o lo que realmente conlleva una hipoteca multidivisas. Muchas personas, simplemente se dejan asesorar por las entidades financieras a riesgo de no conocer a fondo lo que se está realizando con su dinero.

Desde Dabogados.es vamos a desenmascarar este concepto y a explicar al detalle porque una moneda es más barata que otra.

¿Qué es la hipoteca en divisas?

Es un tipo de préstamo que posibilita el pago en otra moneda (divisa) que no sea la nuestra, en este caso el euro. Las más demandadas son los dólares, los yenes o los francos suizos.

Las hipotecas multidivisas se sustentan en los grandes cambios que existen en los tipos de interés de las diferentes economías del mundo. Por ejemplo, los yenes japoneses están valorados actualmente en un 0,30% sin embargo, el euro tiene su precio de dinero en un 3,25% y un neozelandés paga alrededor de un 6,50%.

Para realizar un cálculo del tipo de interés en una hipoteca, en la UE existe el Euribor, pero los préstamos en divisas utilizan un tipo de interés distinto en común, el libor (London InterBank Offered Rate por sus siglas en inglés), que varía en función de los movimientos económicos y perspectivas de cada país. La ‘British Bankers’ Association’ (BBA) hace público cada día los datos de cada moneda y la información recopilada mensualmente es la que se coge como punto de referencia para calcular las hipotecas multidivisas y elegir la moneda más beneficiosa.

Cuando tenemos una hipoteca bajo una divisa y pretendemos modificarla en beneficio de otra más barata tenemos que tener en cuenta que este proceso se realiza bajo un coste determinado en las cláusulas del préstamo hipotecario.

El problema actual con las hipotecas multidivisas

La desinformación sobre la variación del ‘libor’ y la divisa extranjera es el dilema que está sobre la mesa en los últimos meses, que ha llevado incluso a anular muchas hipotecas multidivisas.

La entidad bancaria, en su afán por conseguir proponer un producto atractivo para el consumidor, oferta una cuota muy baja de la hipoteca, y el cliente, desconocedor de la fluctuación en las divisas extranjeras, acepta un cambio de moneda sin saber que debe estar atento a los mercados para que esa modificación realizada previamente le rente siempre en positivo.

Si el consumidor no es informado de que el tipo de interés de referencia cambia constantemente y que, si un día su moneda está asequible, otro día puede revalorizarse frente al euro, y lo que antes le salía barato por tener moneda extranjera, ahora no tanto. Muchas personas llegan incluso a pagar más a la larga de hipoteca sin saberlo, mucho más de lo que en su día el banco le prestó.

Es por ello que, debido a los cientos de casos que están saliendo a la luz por problemas de desinformación, el Tribunal de Justicia de la Unión Europa, a expensas de conocer una sentencia clara pronto, ha dictado que sólo serán válidas las hipotecas multidivisas en las que el consumidor, previa firma, ha sido informado de todas las consecuencias que conlleva este cambio, y pueda tomar una decisión fundada en todo momento.